Novedades desde el 30 de Noviembre al 4 de Diciembre
Convenio Multilateral
RESOLUCIÓN GENERAL (CA) 8/2020 BO: 03/12/2020
Los gastos en concepto de “regalías” resultan computables
La Comisión Arbitral interpreta que resultan computables en el marco del régimen general del Convenio, los gastos realizados en concepto de “regalías”.
Asimismo, se establece que quedan excluidas las regalías hidrocarburíferas.
Provincia de Catamarca
LEY 5666 BO: 27/11/2020
Beneficios impositivos y crediticios para la actividad turística
El Poder Legislativo crea un régimen especial con objetivo de brindar ayuda a las personas que desarrollen la actividad turística.
Principales beneficios:
Se exceptúa, por el transcurso de 6 meses a quienes realicen la actividad turística del:
Impuesto sobre los ingresos brutos
Impuesto de sellos correspondiente a los contratos de locación y sublocaciones en la proporción que le corresponda pagar a los beneficiarios del presente régimen
LEY 5659 BO: 27/11/2020
Modificaciones en el impuesto de sellos para la compraventa de inmuebles
El Poder Legislativo fija modificaciones correspondientes al impuesto de sellos.
Principales modificaciones:
Se exime del impuesto a las escrituras públicas para trasferencias de dominio de inmuebles si en el boleto de compraventa o cualquier instrumento privado se hubiere repuesto dicho impuesto.
0%, la alícuota para los boletos de compraventa de bienes inmuebles destinados a vivienda única familiar y de ocupación permanente en la provincia para el adquiriente, cuando el valor de la operación, la base imponible o el valor inmobiliario de referencia no supere los $ 4.500.000,-.
9‰, la alícuota del cuando el valor de la operación, la base imponible o el valor inmobiliario de referencia supere los referidos $ 4.500.000,- .
Provincia de Córdoba
LEY 10721 BO: 27/11/2020
Promoción y desarrollo para la producción y consumo de biocombustibles y bioenergía
El Poder Legislativo fija un programa para impulsar y promover la producción, desarrollo, el consumo y el aprovechamiento integral de biocombustibles y bioenergía.
Provincia de Mendoza
RESOLUCIÓN GENERAL (ATM) 68/2020 BO: 01/12/2020
Adhesión al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”
Se adhierte al sistema informático unificado de retención del impuesto sobre los ingresos: Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.
Principales características:
Serán sujetos pasibles de retención:
Contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos en la provincia
Locales
Comprendidos en las normas del Convenio Multilateral,
Alícuota del 3%, siempre que se reúnan los siguientes aspectos:
Que el comprador y/o titular y/o usuario de la tarjeta de crédito, de compra y/o pago, tenga domicilio en la provincia o cuando la compra se efectué mediante dispositivos electrónicos, y la dirección IP de los dispositivos electrónicos del comprador se encuentre en la provincia.
Se reúnan las características establecidas por la AFIP para resultar sujetos pasibles del régimen de retención del IVA y ganancias.
A sujetos no incluidos en el padrón, alícuota del 3% sobre el monto de dichas operaciones, no pudiendo deducirse el importe en concepto de tributos nacionales, provinciales y/o municipales.
Provincia de Misiones
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR) 53/2020 BO: 03/12/2020
Plan extraordinario de regularización de tributos provinciales
MISIONES: La Dirección General de Rentas fija un plan extraordinario de regularización de tributos provinciales, para las obligaciones tributarias, intereses, recargos y multas devengados al 30 de octubre de 2020.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR) 52/2020 BO: 27/11/2020
Modificación de alícuotas de agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos de organismos y reparticiones provinciales
La Dirección General de Rentas modifica la alícuota de retención del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a las comisiones reconocidas por el Instituto Provincial de Loterías y Casinos Sociedad del Estado a sus agentes oficiales.
Asimismo, determina que los vendedores ambulantes dependientes de Instituto Provincial de Loterías y Casinos Sociedad del Estado no se encuentran obligados a inscribirse en el impuesto sobre los ingresos brutos.
Provincia de Río Negro
RESOLUCIÓN (ART) 900/2020 BO: 26/11/2020
Ampliación del régimen especial de facilidades de pago
La Agencia de Recaudación Tributaria fija que se podrán incluir dentro del régimen especial de facilidades de pago -establecido por la resolución 592/2020-, las obligaciones tributarias, cuando los hechos generadores se hayan producido antes del 30 de septiembre de 2020.
Provincia de Santa Fe
LEY 14009 BO: 26/11/2020
Emergencia provincial del sector turismo con beneficios impositivos y crediticios
Se declara la emergencia del sector turismo en el territorio de la provincia, hasta el 30 de junio de 2021.
Sujetos comprendidos:
· Micro, pequeñas y medianas empresas que desarrollen algunas actividades relacionadas con el turismo.
· Los servicios para eventos infantiles, organización de eventos, servicios de soporte para eventos, alquiler temporario de locales para eventos, alquiler de equipos para eventos, alquiler de enseres y sonido, peloteros, alquiler de canchas para deportes, jardines maternales y servicios de salones de baile y discotecas.
Beneficios para quienes hayan disminuido sus ingresos más de un 30%:
Otorgamiento de subsidios o aportes no reintegrables o de programas de asistencia económica o subsidios.
Suspensión de la iniciación o la sustanciación de acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos.
Diferimiento y prórroga por el plazo de 90 días, de:
Impuesto sobre los ingresos brutos,
impuesto inmobiliario urbano y rural (sobre los inmuebles afectados a la actividad),
Patente única sobre vehículos (sobre los vehículos afectados a la actividad)
Impuesto de sellos
Provincia de Tucumán
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR) 139/2020 BO: 01/12/2020 - DECRETO 2266 BO: 03/12/2020
Acogimiento al régimen excepcional, general y temporario de facilidades de pago - Prórroga al 22/12/2020.
El Poder Legislativo por medio de la Ley 8873 fija un régimen excepcional, general y temporario de facilidades de pago para la cancelación total o parcial, al contado o a través de pagos parciales, de deudas vencidas de tributos.
Asimismo, el Poder Ejecutivo a través del Decreto 2266 establece que el plazo para adherirse al presente régimen es hasta el 22 de diciembre de 2020.
Rentas a través de la RG 139, fija las normas reglamentarias.