Provincia de Misiones
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR) 49/2020 BO: 18/11/2020
Plan Permanente de Regularización de Tributos Provinciales
La Dirección General de Rentas fija un Plan Permanente de Regularización de Tributos Provinciales.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR) 48/2020 BO: 13/11/2020
Recaudaciones bancarias. Padrones quincenales
La Dirección General de Rentas determina que comunicará a los agentes de retención la nómina de los sujetos pasibles de retención y la nómina de sujetos que resulten excluidos del régimen establecido por la resolución general 35/2002, de manera quincenal y con 5 días de anticipación al comienzo de la siguiente quincena.
La presente resolución es de aplicación a partir del 30 de noviembre de 2020.
Provincia de San Luis
RESOLUCIÓN GENERAL (DPIP) 36/2020 BO: 13/11/2020
Reglamentación del régimen especial de facilidades de pago de deudas vencidas con una antigüedad mayor a 30 días
La Dirección Provincial de Ingresos Públicos reglamenta el régimen especial de facilidades de pago, establecido por la ley VIII-1032/2020. Donde se dispone los requisitos que deben cumplir los contribuyentes y/o responsables para su adhesión.
Se establece que el acogimiento al presente régimen se debe realizar hasta el 31 de diciembre de 2020.
Provincia de Santa Fe
RESOLUCIÓN GENERAL (API) 45/2020 FECHA: 11/11/2020
Modificación del procedimiento para solicitar el certificado de crédito fiscal -Padrinazgo Escolar- que podrá ser imputado al impuesto sobre los ingresos brutos
La Administración Provincial de Impuestos reforma el procedimiento para poder solicitar el certificado de crédito fiscal por parte de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos los cuales se les haya otorgado el "Padrinazgo Escolar".
Provincia de Tucumán
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR) 132/2020 BO: 18/11/2020
Aprobación del procedimiento de "Fiscalización Electrónica" para el control del cumplimiento de las obligaciones fiscales
La Dirección General de Rentas aprueba el procedimiento de "Fiscalización Electrónica", para controlar y verificar que las obligaciones fiscales se cumplan, correspondientes a los contribuyentes y/o responsables de los tributos en donde la mencionada Dirección lleve a cabo la aplicación, percepción y fiscalización de los mismos.
Asimismo, se determina que el plazo para el cumplir con los requerimientos será de 10 días hábiles contados desde del día posterior a la notificación.