- Dr Jose Antonio Alaniz
Novedades desde el 16 al 20 de Diciembre
Consenso Fiscal 2019
INCUMPLIMIENTO DEL CONSENSO FISCAL 2017
► Que, con fecha 16 de noviembre de 2017, el Estado Nacional, veintidós (22) provincias y la CABA, celebraron el Consenso Fiscal (en adelante “Consenso Fiscal 2017”), por medio del cual se buscó armonizar las estructuras tributarias de las distintas jurisdicciones. Dicho acuerdo fue ratificado por el Honorable Congreso de la Nación mediante la sanción de la Ley N° 27.429, mientras que veintiún (21) provincias y la CABA hicieron lo propio a través de sus respectivas legislaturas… .
Se acuerda…
Suspender, hasta el día 31 de diciembre del año2020, la vigencia delos incisos b), c), d), h), j), k), l), m) y s) de la Cláusula III del Consenso Fiscal 2017 de fecha 16 de noviembre de 2017 y su modificatorio, el Consenso Fiscal 2018, de fecha 13 de septiembre de 2018. La suspensión del inciso d) de la Cláusula III, referida precedentemente, operará exclusivamente respecto de las exenciones y/o escalas de alícuotas contempladas para el período 2020, resultando, por lo tanto, exigibles a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aquellas previstas para los ejercicios fiscales 2018 y 2019.
Y con ello se elimina la reducción impositiva prevista para el 2020.
Ciudad de Buenos Aires
ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
LEY 6248
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere al régimen de promoción de la economía del conocimiento -L. 27506-.
Al respecto, dispone que los beneficiarios del citado régimen de promoción gozarán de estabilidad fiscal en la Ciudad respecto de las actividades objeto de promoción, a partir de la fecha de su inscripción en el registro nacional de beneficiarios del régimen de promoción de la economía del conocimiento.
Provincia de Corrientes
NUEVOS PARÁMETROS PARA SER AGENTES DE RETENCIÓN Y/O PERCEPCIÓN DE INGRESOS BRUTOS
RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Corrientes) 192/2019
BO (Corrientes): 17/12/2019
Se adecuan los parámetros de facturación para quienes se encuentran obligados a actuar como agentes de retención y/o percepción del impuesto sobre los ingresos brutos -RG (DGR Corrientes) 165/2000-.
► Ingresos a nivel país por $ 37.800.000,- facturados por el año 2019. Resulta Agente de retención y percepción a partir del 2020;
► Quienes inicien actividades, $ 3.150.000, - en el semestre.
Provincia de Tucumán
INCREMENTO DEL PORCENTAJE DE PERCEPCIÓN Y RETENCIÓN DE INGRESOS BRUTOS PARA LAS OPERACIONES CON INTERMEDIARIOS
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR) 118/2019
Se establecen precisiones y aclaraciones respecto a la aplicación del porcentaje para el cálculo de la base sujeta a percepción y/o retención del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a determinadas operaciones con intermediarios.
CAMBIOS PARA LA EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR) 119/2019
Se adecuan determinados aspectos respecto al procedimiento para la emisión de los certificados de cumplimiento fiscal -RG (DGR Tucumán) 23/2009-.
Provincia de Tierra del Fuego
EMERGENCIA COMERCIAL. SUSPENSIÓN DE EJECUCIONES FISCALES
DECRETO (PE Tierra del Fuego) 4134/2019
Se prorroga, por el plazo de 180 días corridos, la declaración de emergencia comercial en todo el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur -L. (T. del Fuego) 1281-Dicha declaración autoriza a la Agencia de Recaudación Fueguina a suspender, por el citado plazo, el inicio de las ejecuciones fiscales y la continuidad de las que se encuentren en trámite.